Infonavit y Descuentos: SCJN Pone Pausa con Garantía de Por Medio

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¡Noticia caliente para los oficinistas! La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) acaba de soltar un fallo que parece sacado de un manual de malabarismo financiero: los descuentos salariales por créditos Infonavit pueden suspenderse provisionalmente durante ausencias o incapacidades. Pero, ojo, no es un “te libero de la deuda” estilo reality show.

Tras revisar el artículo 29 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, la SCJN determinó que estos descuentos son una carga más pesada que un lunes por la mañana tanto para empleados como para patrones. ¿La razón? No hay salario base sobre el que descontar cuando alguien está incapacitado y recibe pagos directo del IMSS. Antes, las empresas pausaban estos descuentos porque no controlaban esos ingresos, pero la ley actual lo exigía de todos modos, creando un lío más grande que un expediente perdido.

Ahora, la Corte dice que sí se puede suspender, pero con un asterisco del tamaño de un elefante: las empresas deben ofrecer una garantía económica, como lo marca el artículo 135 de la Ley de Amparo, vigente hasta el 16 de octubre de 2025. Sin esa garantía, no hay pausa, porque nadie quiere que esto sea un simple “te debo y no te pago”. Además, los patrones siguen obligados a cubrir aportaciones al IMSS, porque las reglas no se negocian.

Este fallo busca equilibrio, como un funambulista en la cuerda floja, protegiendo la certeza jurídica y la seguridad económica de quienes no pueden trabajar por salud. ¿Un respiro para los trabajadores o un dolor de cabeza extra para las empresas? Esto tiene más cláusulas que un contrato de telefonía móvil.

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