Gobierno mexicano urge a legisladores a clarificar nueva Ley de Amparo para impedir retroactividad

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Cuauhtémoc, Ciudad de México, México, 3 de octubre de 2025. La doctora Claudia Sheinbaum Pardo, presidenta Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos en conferencia de prensa matutina, “Conferencia del Pueblo”, enlace “Viernes muy Mexicano” desde Quintana Roo, Baja California y Puebla, en el Salón Tesorería de Palacio Nacional. La acompañan Claudia Curiel de Icaza, secretaria de Cultura; Arturo Zaldívar, coordinador general de politica y gobierno; Octavio de la Torre, presidente de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (Concanaco); Bulmaro Juárez Pérez, divulgador de lenguas indígenas, presentador de la sección “Suave Patria” y semifinalistas de “México Canta”. Foto: Gabriel Monroy / Presidencia

Gobierno mexicano urge a legisladores a clarificar nueva Ley de Amparo para impedir retroactividad

En la conferencia matutina de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, coordinador general de Política y Gobierno de la Presidencia de México, aclaró que el decreto de reforma a la Ley de Amparo, avalado por el Senado de la República, no tiene carácter retroactivo y no impacta los procesos que ya han comenzado.

“La presidenta tiene toda la razón al destacar con firmeza que en este gobierno no se promueven ni se respaldan leyes o acciones que vayan en contra de la Constitución, y no se permitirá la aplicación retroactiva de ninguna norma en detrimento de persona alguna.”

Esto, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En su participación, Zaldívar Lelo de Larrea dirigió un llamado respetuoso a las y los legisladores para que se consideren las siguientes aclaraciones:

La Ley de Amparo es de naturaleza procesal.

Las leyes de este tipo se aplican únicamente a los actos y fases que se lleven a cabo tras su entrada en vigor, no a aquellos que ya ocurrieron y se encuentran consolidados.

Implementar las nuevas reglas a actos y etapas posteriores no constituye retroactividad.

“No se anularán suspensiones ni actos en los amparos que ya han causado estado, y consideramos que esto debe quedar explícitamente señalado en la norma.”

Con estas precisiones, afirmó, se garantizará claridad sin contravenir la Constitución; las nuevas reglas no serán retroactivas y no se afectarán derechos ya adquiridos.

El día de ayer, la primera mandataria señaló que el artículo transitorio que incluye la retroactividad fue incorporado en el Senado de la República; el propósito de la reforma no es alterar la Constitución, sino agilizar los plazos en la impartición de justicia y prevenir que un amparo bloquee de manera automática las acciones de la Unidad de Inteligencia Financiera en casos de juicios fiscales.

Asimismo, busca evitar que, una vez que la Suprema Corte de Justicia emita una resolución, esta pueda ser objeto de amparo nuevamente.

De acuerdo con la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, explicó que, si se determina que la reforma a la Ley de Amparo aplica a juicios en curso, no se pueden modificar las suspensiones ya concedidas ni cambiar las resoluciones de recursos ya decididos; las modificaciones solo tendrán efecto hacia el futuro.

Ante la controversia surgida por la redacción del artículo transitorio del proyecto de decreto, el coordinador general reiteró que ni el Poder Ejecutivo federal ni su titular apoyan ningún tipo de retroactividad.

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