Afore de Fallecidos: Un Derecho sin Fecha de Caducidad en México

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Afore de Fallecidos: Un Derecho sin Fecha de Caducidad en México

Recuperar los fondos de la cuenta Afore de un ser querido fallecido es un derecho imprescriptible en México, es decir, no expira con el tiempo. Según la Ley del Seguro Social y la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, los beneficiarios legales o familiares pueden reclamar estos recursos sin importar cuántos años hayan pasado desde la muerte del trabajador. La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) subraya que se trata de un derecho humano ligado a la seguridad social, fruto del esfuerzo laboral del titular.

Aunque la ley indica que, a los 70 años del titular sin reclamo, los fondos se transfieren al Fondo de Pensiones para el Bienestar, los familiares aún pueden solicitarlos después. Los beneficiarios designados por el trabajador tienen prioridad, pero si no los hay, familiares directos como hijos o nietos mayores de edad también pueden reclamarlos. Una resolución reciente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) eliminó la necesidad de probar dependencia económica, ampliando el acceso a descendientes.

Para el trámite, se requiere el acta de defunción, identificación del solicitante y documentos de parentesco (actas de nacimiento o matrimonio). En ocasiones, se necesita una resolución de beneficiarios del IMSS o ISSSTE. El proceso se realiza en la Afore correspondiente, con asesoría gratuita de Profedet, que también ofrece representación legal.

Este derecho es un acto de justicia social. Porque, seamos sinceros, esos ahorros son el legado de una vida de trabajo, y ningún plazo debería impedir que las familias los recuperen. ¿Tienes fondos pendientes? Es hora de reclamar lo que es tuyo.

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