
Por decisión unánime, el Pleno de la Cámara de Diputados respaldó reformas a la Ley General de Salud para prohibir la venta y distribución de bebidas energéticas a menores de 18 años, con 401 votos a favor. Las modificaciones incluyen la adición de artículos que imponen multas de hasta dos mil veces la Unidad de Medida y Actualización (226,280 pesos) por violaciones. El dictamen fue remitido al Senado, y define las bebidas energéticas como aquellas con cafeína, taurina y sustancias estimulantes, reguladas por la Secretaría de Salud alineada con estándares internacionales.
La reforma establece que la Secretaría de Salud clasificará estas bebidas en la Norma Oficial Mexicana, aplicando restricciones a categorías de alto riesgo para menores, con verificación de edad en ventas. Además, se ordenan campañas informativas con la Secretaría de Educación Pública y el Consejo de Salubridad General sobre los peligros del consumo en menores y grupos vulnerables, a ejecutarse en 12 meses. El consumo ha crecido por publicidad dirigida a jóvenes, causando riesgos como trastornos cardiovasculares, ansiedad, insomnio, obesidad y daños renales, intensificados al mezclar con alcohol o durante actividad física.
Durante el debate, legisladores como Amancay González Franco (MC) advirtieron sobre posibles mercados negros y la necesidad de regular publicidad engañosa; José Iñiguez Franco (PAN) denunció campañas que asocian estas bebidas con deporte y popularidad; y Jesús Emiliano Álvarez (Morena) destacó riesgos para el desarrollo físico y mental, incluyendo adicciones y cambios de conducta. La OMS alerta sobre exceso de azúcares y cafeína, recomendando restricciones en menores.

