SCJN da luz verde a UIF para congelar cuentas sin juez

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¡Cuidado con tus ahorros, que la UIF ahora tiene superpoderes! La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la Unidad de Inteligencia Financiera puede bloquear cuentas bancarias sin orden judicial previa, siempre que haya indicios de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo. Esto, tras declarar constitucional la reforma al artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito, impugnada en la Acción de Inconstitucionalidad 58/2022 de marzo de 2022.

El proyecto, elaborado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, fue aprobado por mayoría de seis votos. Sin embargo, Yasmín Esquivel Mossa, Giovanni Figueroa Mejía y Arístides Guerrero García votaron en contra, alertando sobre riesgos a la seguridad jurídica. Esquivel argumentó que no se debe sacrificar garantías, mientras Figueroa cuestionó que los afectados deban defenderse sin las protecciones de un proceso penal.

La Corte aclaró que el congelamiento no es un castigo, sino una medida cautelar administrativa para proteger el sistema financiero, sin implicar culpabilidad ni sustituir investigaciones penales. La UIF, dependiente de Hacienda, puede actuar directamente ante operaciones sospechosas, pero los bloqueos no deben ser indefinidos ni arbitrarios, y deben estar justificados.

Además, la SCJN estableció que los afectados tienen derecho a ser notificados y a solicitar una audiencia para presentar pruebas y argumentos, garantizando que la medida sea revisable. Este fallo refuerza las herramientas del Estado contra actividades ilícitas en el sistema financiero, pero deja vivo el debate sobre el equilibrio entre eficacia y derechos de los usuarios.

¿Protección o abuso? Esto está más delicado que caminar en una cuerda floja. Mientras tanto, la UIF tiene carta blanca para congelar cuentas, y los ciudadanos, un nuevo dolor de cabeza para defender su dinero.

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